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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace saber para general conocimiento que los Administradores de las mercantiles "Los Rubios 2012, Sociedad Limitada" (sociedad absorbida) y "Alcazaba 2002 Proyectos Obras y Servicios, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) han acordado la fusión de ambas mediante la absorción por "Alcazaba 2002 Proyectos Obras y Servicios, Sociedad Limitada" de "Los Rubios 2012, Sociedad Limitada".
Se hace constar que en virtud de lo dispuesto en los artículos 49 y 52 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles no es necesario que la Junta general de la sociedad absorbida apruebe la fusión, al estar íntegramente participada por los mismos socios que la absorbente. La sociedad absorbida se disuelve sin liquidación y transmite en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal sus derechos y obligaciones. El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil del domicilio social de las sociedades participantes de la fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la mencionada Ley durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Málaga, 11 de mayo de 2016.- Carlos Requena Torres, Administrador Solidario de "Alcazaba 2002 Proyectos Obras y Servicios, S.L." y "Los Rubios 2012, S.L.".
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