Contido non dispoñible en galego
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en los sucesivo "LME") se hace público que los socios de las sociedades MIGUEL GAMÓN, S.L. (sociedad absorbente), y AUTOCARES GRIÑÓ, S.L. (sociedad absorbida), ejerciendo las competencias de la Junta General, han adoptado ambas sociedades con fecha 21 de mayo de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de AUTOCARES GRIÑÓ, S.L., por parte de MIGUEL GAMÓN, S.L., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los Balances de Fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2015.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 10 de mayo de 2016, habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de cada una de las sociedades participantes en la fusión, con votación separada de los acuerdos de conformidad con el artículo 197 bis de la Ley de Sociedades de Capital, y en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la LME.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo en el artículo 44 LME.
Lleida, 21 de mayo de 2016.- Miguel Gamón Fort y María Ángeles Llanas Sorigue en calidad de Administradores solidarios de "Miguel Gamón, S.L." y Miguel Gamón Fort a su vez en calidad de Administrador único de "Autocares Griñó, S.L.".
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