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Anuncio de Fusión
De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente de Instituciones de Inversión Colectiva y en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Ordinarias de Accionistas de Torrenova de Inversiones, S.I.C.A.V., S.A., y Mulinsar, S.I.C.A.V., S.A., celebradas en segunda convocatoria en Madrid con fecha 19 de mayo de 2016, han acordado, por unanimidad, aprobar la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de Mulinsar, S.I.C.A.V., S.A., que se disuelve sin liquidación, por Torrenova de inversiones, S.I.C.A.V., S.A., que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida.
La fusión se realiza tomando como Balances de fusión los de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de agosto de 2015, aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien, la situación patrimonial que reflejan dichos balances sólo debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable se obtiene a partir de los valores liquidativos y número de acciones en circulación de cada una de las sociedades que se fusionan del día inmediatamente anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión, calculados de acuerdo con la normativa específica vigente para las S.I.C.A.V.
La fusión se ha acordado conforme al Proyecto de Fusión elaborado por los respectivos Consejos de Administración de las dos sociedades, publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil de Madrid número 43, del día 3 de marzo de 2016 e inscrito en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 4.020, Folio 157, Sección 8, Hoja: M-67004, Inscripción: 1-M, previa la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El Proyecto de Fusión se encuentra asimismo insertado en la página web de la Entidad Gestora de ambas sociedades, www.march-am.com, desde el día 22 de marzo de 2016.
La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII, de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
A efectos contables, la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida, Mulinsar, S.I.C.A.V., S.A., se considerarán realizadas por la absorbente, Torrenova de Inversiones, S.I.C.A.V., S.A., será la de la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de fusión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados por las Juntas Generales Ordinarias de Accionistas y de los respectivos balances de fusión.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponda en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Madrid, 20 de mayo de 2016.- Iñigo Damborenea Agorria, Secretario del Consejo de Administración de Torrenova de Inversiones, SICAV, S.A. y Ramón Fernández Hontoria Gandarias, Secretario del Consejo de Administración de Mulinsar, SICAV, S.A.
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