Anuncio de escisión parcial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), por remisión del artículo 73 LME, se hace público que en fecha 8 de febrero de 2016, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de "Arenal Perfumerías, S.L." y "Vazmar Lucus, S.L.", aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial de "Arenal Perfumerías, S.L.", a favor de "Vazmar Lucus, S.L.", mediante la separación de una parte del patrimonio de "Arenal Perfumerías, S.L.", que constituye una unidad económica independiente y diferenciada, dedicada al negocio de alquiler de inmuebles y gestión económica y patrimonial de los mismos y de inversiones financieras, y la transmisión en bloque, por sucesión universal, a favor de una sociedad beneficiaria denominada "Vazmar Lucus, S.L.", con efectos contables a fecha 1 de enero de 2016. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de Escisión Parcial, aprobado y firmado por los Administradores Solidarios de las sociedades "Arenal Perfumerías, S.L." y "Vazmar Lucus, S.L.", con fecha 5 de febrero de 2016.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades "Arenal Perfumerías, S.L." y "Vazmar Lucus, S.L.", de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades "Arenal Perfumerías, S.L." y "Vazmar Lucus, S.L.", a oponerse a la operación de escisión parcial durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Lugo, 8 de febrero de 2016.- D. Rafael Vázquez Reija, Administrador Solidario de "Arenal Perfumerías, S.L." y de "Vazmar Lucus, S.L.".
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