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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y el artículo 201 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que la Junta General Ordinaria y Universal de socios de la sociedad, adoptó por mayoría, en su reunión celebrada en la fecha de 26 de junio de 2015, los siguientes acuerdos a efecto de lo dispuesto en el artículo 317 de la Ley de Sociedades de Capital: reducción de capital con devolución de aportaciones a los socios.
(I)Se acuerda por mayoría, el reparto de la totalidad de las reservas y reducir el capital social en un 8%, que asciende a la cantidad de 583.474,00 €, por lo que el valor nominal de la acción pasaría de 10,00€ a 9,20€. La reducción se efectuará por transferencias bancarias a cada uno de los socios en sus respectivas proporciones.
Como consecuencia de las operaciones de reducción acordadas, el nuevo importe del capital social ha quedado fijado en seis millones setecientos nueve mil novecientos cincuenta y seis euros ( 6.709.956,00 €), representado por setecientas veintinueve mil trescientas cuarenta y tres acciones (729.343) con un valor nominal de nueve euros con veinte céntimos (9.20€) cada una de ellas, totalmente suscrito y desembolsado.
Ha quedado modificado el artículo 5 de los Estatutos Sociales, relativo al capital social y a las participaciones que lo integran, para reflejar el nuevo importe del capital, el número de acciones en que se divide y el importe nominal de las mismas.
La reducción de capital social mediante devolución de aportaciones se hace pública, teniendo los acreedores de la sociedad derecho de oposición a la reducción en los términos previstos en el artículo 333 de la Ley de Sociedades de Capital y los Estatutos Sociales de la Entidad.
Málaga, 15 de enero de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración, D. José Manuel Rodríguez Moreno.
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