De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la mercantil "Granja El Alto, S.L." (sociedad escindida), celebrada el día 16 de junio de 2016, aprobó por unanimidad la escisión parcial en los términos previstos en los artículos 68.1.2º y 70 de la Ley 3/2009, de una parte de su patrimonio a favor de la mercantil "Hortícola El Alto, S.L." (sociedad beneficiaria de la escisión), quien también aprobó por unanimidad la misma en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios celebrada el día 16 de junio de 2016 y que como consecuencia de la presente escisión parcial adquirirá en bloque y por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el Derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello, en los términos establecidos en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Pamplona (Navarra), 20 de junio de 2016.- El Administrador Solidario, don Juan Cruz Cirauqui Díaz.
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