Contido non dispoñible en galego
A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas reunida con carácter de universal de "Edificaciones Castelló, S.A." (en adelante, "la Sociedad") celebrada el pasado 15 de junio de 2016 adoptó, bajo el punto primero de su orden del día, por unanimidad de los accionistas presentes y representados, previa compensación de pérdidas con cargo a reservas, el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de compensar pérdidas mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad y la consiguiente modificación del artículo 8 de los Estatutos Sociales. El importe de la reducción asciende a la cifra de 2.584.849,89, es decir, desde los 3.375.959,75 euros hasta la cifra de 791.109,86 euros, mediante la disminución del valor nominal de cada una de las 119.503 acciones con derecho a voto que componen el capital social, de los 28,25 euros por acción a 6,62 euros por acción. La finalidad de la reducción de capital es compensar parcialmente las pérdidas de la sociedad y restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas y dejar a la compañía con un capital suficiente que mantenga el equilibrio patrimonial y que cumpla con los requisitos mercantiles de la Ley de Sociedades de Capital.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital toma como referencia el balance individual de la sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2015, aprobado por la Junta General Ordinaria y Extraordinaria reunida con carácter de universal el pasado 24 de mayo de 2016 y sometido a la verificación del auditor de cuentas de la sociedad, a saber, la firma Russell Bedford España Auditores y Consultores, S.L., según resulta del informe de auditoría. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital. En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital. A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 8 de los Estatutos Sociales.
Xeresa (Valencia), 15 de junio de 2016.- Corporación Valenciana de Servicios Inmobiliarios, S.A., el Administrador único, doña María Desamparados Lloret Frasquet (persona física representante de la persona jurídica Administrador único).
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid