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Documento BORME-C-2016-7096

MANGO-MNG HOLDING, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MANGO-MNG, S.L.U.
MANGO-MNG CAPITAL, S.L.
KAPIT-ADMINT, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 8263 a 8263 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7096

TEXTO

De conformidad con el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que, en fecha 1 de julio de 2016, el accionista único de MANGO-MNG HOLDING, S.A.U. ("Sociedad Absorbente"), ejerciendo las competencias de la Junta General universal de accionistas ha aprobado las siguientes operaciones de fusión, que se llevarán a cabo con carácter sucesivo pero en unidad de acto: (i) la fusión por absorción de MANGO-MNG, S.L.U. por parte de la Sociedad Absorbente, con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera y la atribución de su íntegro patrimonio a título universal a ésta; (ii) la fusión por absorción de KAPIT-ADMINT, S.L. por parte de la Sociedad Absorbente, con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera y la atribución de su íntegro patrimonio a título universal a ésta, y (iii) la fusión por absorción de MANGO-MNG CAPITAL, S.L., por parte de la Sociedad Absorbente, con la consiguiente disolución sin liquidación de la primera y la atribución de su íntegro patrimonio a título universal a ésta. Todo lo anterior de acuerdo con el proyecto común de fusión, de fecha 30 de junio de 2016, suscrito por todos y cada uno de los administradores de las sociedades participantes en la fusión, sin necesidad de su depósito en el Registro Mercantil, conforme autoriza el art. 42 de la LME.

Asimismo, a los efectos de lo establecido en el art. 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas, socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado así como de los balances de fusión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el art. 44 de la LME.

Palau-solità i Plegamans (Barcelona), 1 de julio de 2016.- D. Jonathan Andic Raig, Consejero Delegado Solidario de Mango-MNG Holding, S.A.U., Representante persona física de Mango-MNG Holding, S.A.U. – Administradora única de Mango-MNG, S.L.U. y Consejero Delegado Solidario de Mango-MNG Capital, S.L., y Daniel López García, Administrador Único de Kapit-Admint, S.L.

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