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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que con fecha de 27 de Junio de 2016, el socio único de HOSPITAL EL ÁNGEL, S.A.U., (Sociedad Escindida), INMO ASISA, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria) y HOSPITAL EL ÁNGEL GRUPO HLA, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), ha acordado la escisión total de la Sociedad Escindida mediante el traspaso en bloque de la totalidad de sus activos y pasivos a favor de las Sociedades Beneficiarias conforme a la distribución establecida en el proyecto de escisión aprobado por los órganos de administración y la atribución de las participaciones emitidas por las Sociedades Beneficiarias a su socio único.
En aplicación del artículo 42 de la LME, no ha sido necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión.
Las sociedades escindida y beneficiarias están participadas de forma directa por el mismo socio único por lo que ha sido aplicado a la escisión el régimen previsto en el artículo 49 de la referida LME, por remisión de los artículos 52.1 y 73 de la misma Ley.
De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la operación, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la misma en el plazo y términos previstos.
Málaga, 27 de junio de 2016.- Los secretarios de los consejos de administración de las sociedades participantes.
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