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De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles("LME"), se hace público que el socio único de Nmás1 Reim, S.L.U. (sociedad absorbente) acordó con fecha de 29 de junio de 2016 la fusión por absorción de la sociedad íntegramente participada por la sociedad absorbente Nmás1 Reim Spain, S.L.U. (sociedad absorbida), en los términos establecidos en el proyecto común de fusión, redactado y suscrito por los administradores de las citadas sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 15 de junio de 2016. Conforme al artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. Se hace constar que la fusión se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de la LME, al tratarse de una fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada. De igual modo, al tratarse de una sociedad íntegramente participada y no existiendo en la sociedad absorbida derechos especiales ni titulares de títulos distintos de las participaciones, no se otorgarán en la sociedad absorbente derechos especiales; tampoco se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades intervinientes en la fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación del anuncio de este acuerdo de fusión.
Madrid, 13 de julio de 2016.- El Administrador solidario, Francisco Albella Amigo.
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