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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que el 22 de junio de 2016 el accionista único de Luxottica Iberica, Sociedad Anónima Unipersonal, la Sociedad Absorbente, ejerciendo las funciones de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, acordó de conformidad con el artículo 49.1 de la Ley la fusión por absorción de MDE Difusion Optique, Sociedad Limitada Unipersonal por parte de la Sociedad Absorbente.
Asiste al accionista y socio único y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos los artículos 43.1 y 44 de la referida Ley 3/2009, de 3 de abril.
Barcelona, 11 de julio de 2016.- Claudio Garcés Agell, Secretario de los consejos de administración de Luxottica Iberica, S.A.U. y MDE Difusion Optique, S.L.U.
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