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Documento BORME-C-2016-7444

LLUCMAJOR EMPRESA MUNICIPAL DE SERVEIS, S.A.U.
(SOCIEDAD CEDENTE)
EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
(SOCIEDAD CESIONARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 8663 a 8663 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7444

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LMESM), se hace constar que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Llucmajor Empresa Municipal de Serveis, S.A.U. (la Cedente), con NIF A57136467, ha aprobado con fecha 5 de julio de 2016, la cesión global de todo su activo y pasivo a favor de su socio único, el Excmo. Ayuntamiento de Llucmajor (el Cesionario), con NIF P0703100H, que adquiere en bloque la totalidad del patrimonio por sucesión universal, de conformidad con el proyecto de cesión global de activo y pasivo, de fecha 24 de junio de 2016, formulado por el Consejo de Administración de la Cedente.

Como consecuencia de la cesión global, se producirá la extinción sin liquidación de la Cedente, quedando el Cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones de la Cedente con efectos desde la inscripción de la escritura de cesión global en el Registro Mercantil.

A tal efecto, de conformidad con el artículo 87.2 de la LMESM, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de cesión global del activo y pasivo en el domicilio social de la Cedente, sito en Plaza Espanya, núm. 12, 07620 Llucmajor. Asimismo, los representantes de los trabajadores tendrán derecho al examen en el domicilio social, o envío gratuito, de copia íntegra del Proyecto de Cesión global de activo y pasivo y del informe del Consejo de Administración de fecha 24 de junio de 2016.

Por otro lado, la Cedente informa del derecho que asiste a los acreedores de la Cedente y del Cesionario, conforme a lo establecido en el artículo 88 de la LMESM, a oponerse a la cesión global dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de cesión global, en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos para el caso de fusión.

Llucmajor, 8 de julio de 2016.- Jaume Tomàs Oliver, Presidente de la Junta General de la Sociedad Llucmajor Empresa Municipal de Serveis, S.A.U.

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