Contido non dispoñible en galego
A los efectos de lo previsto en el artículo 319 de la vigente Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas, en su sesión del 15 de julio de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
"4º.- Autorizar una reducción de capital social, mediante la amortización de acciones de autocartera, en una cuantía de 626.615,73 euros, importe de la suma de los valores nominales de las 41.691 acciones propias que la sociedad posee en régimen de autocartera.
La finalidad de la reducción es conseguir una imagen más fiel del capital y patrimonio social, eliminando la anomalía de una situación larga de autocartera que puede llegar a hacer obligatoria la reducción que ahora se acuerda voluntariamente, simplificando las cuentas, generando mayores reservas voluntarias en la medida en que se disminuya la base de aplicación de la reserva legal. La reducción se efectuará, siguiendo los trámites legales, mediante la amortización de las acciones hoy existentes en autocartera y por tanto sin que exista ninguna cantidad a devolver a los socios. El plazo de ejecución máximo es de un año desde la fecha del acuerdo.
En ejecución del mismo, autorizó la modificación del artículo 5.º de los Estatutos Sociales que quedará redactado de la siguiente manera: El capital social es de 6.105.606,84 euros, distribuido en 406.228 acciones representadas por títulos al portador, de 15,03 euros nominales cada uno. El capital se halla totalmente desembolsado. Se prevé la emisión de títulos múltiples".
Conforme a lo previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de este acuerdo, podrán ejercitar el derecho de oposición a la ejecución del acuerdo con los requisitos y consecuencias previstos en los artículos 334 a 337 de dicha Ley.
Vigo, 18 de julio de 2016.- El Presidente.
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