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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), el socio único de la sociedad Emara Inversiones Empresariales, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias que tiene atribuidas, ha adoptado, con fecha 17 de junio de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Centro Deportivo Impala Sport Club, S.L., estando la sociedad absorbida íntegramente participada por la absorbente. La fusión se producirá con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, todo ello de conformidad con el proyecto común de fusión debidamente redactado el día 15 de junio de 2016. Se aprobaron asimismo los correspondientes balances de fusión.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de dichas sociedades.
La Cañada, Paterna (Valencia), 20 de julio de 2016.- Fdo.: Los Administradores solidarios de Emara Inversiones Empresariales, S.L.: D. Jorge Hernández Benhamou y D.ª Ana Isabel Ramírez Sandoval y esta última también como persona física designada por Emara Inversiones Empresariales, S.L., Administrador único de Centro Deportivo Impala Sport Club, S.L.
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