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Documento BORME-C-2016-8002

DINAMIC VENDING, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESPRESSA VENDING, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 9304 a 9304 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8002

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público para general conocimiento lo siguiente: En Juntas Universales de socios de DINAMIC VENDING, S.L., y ESPRESSA VENDING, S.L., celebradas ambas el día 22 de julio de 2016, se aprobó la fusión por absorción de ESPRESSA VENDING, S.L. (sociedad absorbida), por parte de DINAMIC VENDING, S.L. (sociedad absorbente). Dichos acuerdos de fusión han sido adoptados por unanimidad, conforme al Proyecto Común de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas sociedades.

Las decisiones de fusionar ambas sociedades fueron adoptadas por sus socios en Junta Universal y por unanimidad, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 42 LME, no se han aplicado las normas sobre depósito y publicidad del proyecto común de fusión y emisión de informe de los administradores sobre el citado proyecto.

La fusión por absorción implica que la sociedad ESPRESSA VENDING, S.L., se extinguirá, traspasando en bloque su patrimonio social a DINAMIC VENDING, S.L., quien sucederá a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones a aquella, que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación, como consecuencia de este proceso.

Asimismo, fueron aprobados como Balances de fusión, los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2015 y aprobados por los socios en Junta General Ordinaria, en acuerdos adoptados el día 2 de junio 2016.

De conformidad con el artículo 43 LME, se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Sant Feliu de Llobregat, 29 de julio de 2016.- Por DINAMIC VENDING, S.L., y ESPRESSA VENDING, S.L. El Administrador único Makalbe Consulting 2011, S.L., representada por la persona física designada, don Alberto Cipelli.

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