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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de carácter Universal de las sociedades Vitam Venturi, S.L. y Fuentes y Belio, S.L. celebradas el día 30 de mayo de 2016, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de Fuentes y Belio, S.L., como sociedad absorbida, por parte de Vitam Venturi, S.L., como sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque a título de sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello de acuerdo a la previsto en el Proyecto de Fusión común, redactado y suscrito por la Administradora única de ambas sociedades. Las referidas Juntas Generales han aprobado asimismo, como balances a efectos de la fusión, los cerrados a 31 de diciembre de 2015, aprobándose también que los efectos de las operaciones realizadas por la sociedad absorbida que se extingue se entenderán realizadas por la sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2016.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a lo socios y acreedores de las sociedades implicadas en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de Vitam Venturi, S.L. y Fuentes y Belio, S.L. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan y que pueden ejercer durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Tudela, 25 de junio de 2016.- Administradora Única, Carolina Garcés Gálvez.
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