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Documento BORME-C-2016-8043

PALMERA NUEVE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 9346 a 9346 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-8043

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la junta general de accionistas de "Palmera Nueve, S.A." ha acordado, con fecha 30 de junio de 2016, reducir el capital social en la suma total y conjunta de tres millones doce mil cuatrocientos setenta y seis euros con sesenta y tres céntimos (3.012.476,63.-€) mediante la adopción, por unanimidad, de los siguientes acuerdos de reducción del capital social de la Sociedad:

La reducción del capital social se ejecuta mediante la restitución a los socios de la suma global de 3.012.476,63.-€, por el procedimiento de reducción del valor nominal de todas y cada una de las acciones en la suma de 1,17012104383.-€. En consecuencia, el valor nominal de cada acción queda fijado en 4,84.-€.

Ha quedado modificado, asimismo, el artículo 5 de los Estatutos Sociales, que refleja el capital resultante tras la adopción del acuerdo, que se fija en doce millones cuatrocientos sesenta mil quinientos ochenta euros (12.460.580,00.-€), dividido en dos millones quinientas setenta y cuatro mil quinientas acciones de cuatro euros con ochenta y cuatro céntimos (4,84.-€) de valor nominal.

El acuerdo se ejecutará en el plazo máximo de dos meses, desde la adopción de este acuerdo, sin perjuicio del derecho de oposición que asiste a los acreedores a partir de la publicación del último anuncio de la Reducción de Capital pues, en caso de producirse oposición, se actuará conforme a lo dispuesto en la "LSC".

Los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la reducción del capital social señalada en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 "LSC".

Sevilla, 29 de julio de 2016.- Presidente del Consejo de Administración.

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