Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Medidas Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad STIL PETRER, S.L., LLARPETRER, S.L. Y VICENTE POVEDA POVEDA, S.L. las tres de fecha 31 de mayo de 2016 se acordó por unanimidad la fusión por lo que STIL PETRER SL absorbe a las sociedades LLARPETRER, S.L. y VICENTE POVEDA POVEDA, S.L., con el consiguiente traspaso en bloque por sucesión universal de todo el patrimonio de las sociedades absorbidas a favor de STIL PETRER, S.L., quien en consecuencia adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de las sociedades absorbidas, lo que provocará que queden extinguidas las sociedades LLARPETRER, S.L. Y VICENTE POVEDA POVEDA, S.L.
Conforme a los previsto en el art. 44 de la ye 3/2009 se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades, cuyos créditos no se encuentren debidamente garantizados a oponerse a la presente fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de la publicación del acuerdo de fusión
Se han respetado los derechos de información de los trabajadores sobre la fusión, incluida la información sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos a los acreedores y trabajadores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de la fusión los cuales se encuentra disponibles en los domicilios sociales de las sociedades.
Petrer, 10 de agosto de 2016.- Administrador.
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