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La Junta General Ordinaria y Universal de Accionistas de Comabu, S.A. (la "Sociedad"), celebrada el día 30 de junio de 2016, acordó, por unanimidad, reducir el capital social de la Sociedad en la cuantía de 30.195 Euros, mediante la devolución del valor de sus aportaciones a uno de los accionistas de la Sociedad (la "Reducción de Capital"). El presente anuncio se realiza a los efectos de lo dispuesto en los artículos 319 y 334 del texto refundido de la ley de sociedades de capital ("LSC").
La reducción se llevará a cabo mediante la amortización de todas y cada una de las cuatro mil novecientas cincuenta (4.950) acciones nominativas, números 1 a 495, y 1.001 a 5.455, todas ellas inclusive, de 6,10 euros de valor nominal cada una, titularidad de un accionista de la Sociedad, quien aprobó la Reducción de Capital de forma expresa y separada de acuerdo con la legislación vigente. La suma que deberá abonarse por cada una de las acciones a amortizar asciende a la cifra de 448,38 euros por acción.
La Reducción de Capital será ejecutada en un plazo máximo de seis (6) meses desde la fecha de celebración de la mencionada Junta General y una vez haya finalizado el plazo de oposición de los acreedores que establece el artículo 336 de la LSC. En este sentido, se hace constar expresamente que los acreedores de la Sociedad podrán oponerse a la citada reducción de capital social en el plazo de un (1) mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de Reducción de Capital, en los términos previstos en el artículo 336 de la LSC.
Toda vez que a la vista del anterior acuerdo de Reducción de Capital el capital social quedaría por debajo del mínimo legal permitido, se hace constar que de forma simultánea a la Reducción de Capital se ha acordado una ampliación de capital de conformidad con el artículo 343 de la Ley de Sociedades de Capital.
Como resultado de todo lo anterior, el texto del artículo 5 de los Estatutos Sociales, una vez ejecutados los citados acuerdos de reducción y aumento de capital social, será el siguiente: "Artículo 5 – Capital social y acciones: El capital social se fija en sesenta mil seiscientos euros (60.600 €), representado y dividido por 5.050 acciones de doce euros (12 €) de valor nominal cada una de ellas, iguales, nominativas, acumulables e indivisibles y numeradas correlativamente del 1 al 5.050, ambos inclusive, suscritas y desembolsadas en su totalidad."
Madrid, 30 de junio de 2016.- El Presidente del Consejo de Administración.
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