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Anuncio de fusión Impropia por absorción
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el socio único común de las sociedades BALCÓN DE ROQUETAS, S.L.U. (sociedad absorbente) y TABIYYA INMUEBLES, S.L.U. (sociedad absorbida), ejerciendo las competencias de la Junta General, ha aprobado en fecha 1 de agosto de 2016, la fusión por absorción de TABIYYA INMUEBLES, S.L.U., por parte de BALCÓN DE ROQUETAS, S.L.U., con disolución sin liquidación de esta sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a la sociedad absorbente.
La operación de fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, por remisión del artículo 52.1, al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión.
Aguadulce, Roquetas de Mar (Almería), 5 de agosto de 2016.- El Administrador único, AQ VIVIENDAS, S.L.U., representada por D. Arturo Egea Hueso.
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