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El Consejo de Administración de esta Sociedad, mediante acuerdo adoptado en la sesión celebrada el día 28 de julio de 2016, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en Barcelona, en el domicilio social de la Compañía sito en Zona Franca, Sector B, calle 3, número 77-111, el 23 de septiembre de 2016, a las doce horas en primera y única convocatoria, para deliberar y decidir sobre los asuntos comprendidos en el siguiente
Orden del día
Primero.- Modificación del artículo 16 de los Estatutos Sociales con objeto de adaptarlo al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
Segundo.- Incorporación de un nuevo artículo 35 bis a los Estatutos Sociales, con objeto de regular la creación y funcionamiento de la Comisión de Auditoría en el seno del Consejo de Administración.
Tercero.- Aprobación de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo, Memoria) e Informe de Gestión de Nissan Motor Ibérica, S.A., y de su Grupo consolidado, correspondientes al ejercicio social cerrado el 31 de marzo de 2016, así como de la gestión del Consejo de Administración durante el citado ejercicio.
Cuarto.- Aprobación de la aplicación del resultado correspondiente al ejercicio social cerrado el 31 de marzo de 2016.
Quinto.- Nombramiento y/o reelección de miembros del Consejo de Administración.
Sexto.- Ratificación del acuerdo de creación de la Comisión de Auditoría y del nombramiento de sus miembros.
Séptimo.- Reelección de auditor de cuentas de la Sociedad y de su Grupo consolidado para el ejercicio iniciado el 1 de abril de 2016 y que se cierra el 31 de marzo de 2017.
Octavo.- Delegación de facultades en el Consejo de Administración, con facultades de sustitución, para la formalización, subsanación, inscripción, interpretación, desarrollo y ejecución de los acuerdos adoptados.
Derecho de asistencia: Podrán asistir a la Junta General convocada, los accionistas que sean titulares de 50 o más acciones y que, con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta, las tengan inscritas a su nombre en los correspondientes registros de detalle o hayan efectuado el correspondiente depósito de sus acciones. Los titulares de menos de 50 acciones podrán agruparse entre sí para reunir tal número, debiendo en este caso conferir su representación a uno de ellos para que les represente en la Junta. Los accionistas que no asistan a la Junta General podrán hacerse representar (a) por medio de otra persona que ostente la condición de accionista, concediendo tal representación por escrito y con carácter especial para esta Junta; o (b) conforme a lo indicado en el artículo 187 de la Ley de Sociedades de Capital. Derecho de información: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 287 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que, a partir de la publicación del presente anuncio de convocatoria, todos los accionistas podrán examinar en el domicilio social o pedir la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de la modificación del artículo 16 y del nuevo artículo 35 bis de los Estatutos Sociales de la sociedad y de los correspondientes informes justificativos de los administradores sobre dichas modificaciones. Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital, a partir de la publicación de la presente convocatoria, los accionistas tienen el derecho de examinar en el domicilio social, sito en el Sector B, calle 3, número 77-111, Zona Franca, Barcelona, o de pedir la entrega o el envío gratuito de las Cuentas Anuales, Informe de Gestión e Informe de los auditores de cuentas, tanto de la Sociedad como del Grupo Consolidado, y de la propuesta de aplicación del resultado. Notas.- De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/1975, de 31 de octubre, y en el Real Decreto 2288/1977, de 5 de agosto, el Consejo de Administración ha sido asesorado en Derecho sobre la legalidad de los acuerdos de la presente convocatoria por su Letrado Asesor. Se pone en conocimiento de los accionistas que el Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital, ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta.
Barcelona, 18 de agosto de 2016.- La Secretaria del Consejo de Administración.
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