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Fusión por absorción
De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los respectivos socios únicos de OCHAL LEVANTE, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y DEPILATEYA SABADELL, S.L.U. (Sociedad Absorbida), aprobaron, con fecha 1 de febrero de 2016, la fusión de ambas sociedades mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, que adquirirá en bloque y por sucesión universal el patrimonio, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar, conforme al artículo 43 de la Ley, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley.
Valencia, 8 de febrero de 2016.- Don Francesc Casanovas Garcés, representante de Servicios de Depilación Bloc, S.L. (Administrador único de Ochal Levante, S.L.U., y de Depilateya Sabadell, S.L.U.).
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