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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de Almadia, Sociedad Limitada, celebrada el 17 de junio de 2016, acordó por unanimidad la escisión total de la misma, con la consiguiente disolución sin liquidación y división de su patrimonio en dos partes, para su traspaso a las sociedades de nueva creación denominadas Almadia, Sociedad Limitada que adopta la misma denominación que la extinguida, de conformidad con el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, y Tecnomader Casajus, Sociedad Limitada.
De igual forma se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión en los términos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009.
Murchante (Navarra), 17 de junio de 2016.- Los administradores solidarios de Almadía S.L., Jesús Casajúa Magaña, Teófilo Casajús Martínez, Fermín Casajús Jarauta y Victorino Casajús Magaña.
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