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A los efectos de lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de DIPOGAS, S.L., celebrada el pasado 30 de agosto de 2016, acordó reducir el capital social en 6.010,00 €, desde la cifra de 12.020,00 € a la cifra de 6.010,00 €, mediante la amortización de 100 participaciones sociales que posee la sociedad en autocartera con un valor nominal de 60,10 € por participación social, y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta general de socios, todo ello mediante la adopción, por unanimidad, del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:
La sociedad es titular de 100 participaciones sociales nominativas de la compañía mercantil "DIPOGAS, S.L.", números 101 al 200, con un valor nominal de 60,10 €, cada una de ellas.
Estas participaciones sociales fueron adquiridas para su autocartera mediante acuerdos de la Junta general de fecha 1 de septiembre de 2.015 y escritura pública de compraventa otorgadas ante el Notario de Valdepeñas don Jose Álvarez Fernández, el 14 de octubre de 2015 con el número 1.785 de su protocolo.
Tras la lectura del Informe presentado por el Administrador único, de conformidad con lo dispuesto en el art. 286 de la Ley de Sociedades de Capital, sobre justificación de la reducción de capital social por amortización de autocartera, de fecha 10 de agosto de 2016, el Administrador único propone a la Junta general de socios una reducción del capital social en 6.010,00 €, desde la cifra de 12.020,00 € a la cifra de 6.010,00 €, mediante la amortización de 100 participaciones sociales que posee la sociedad en autocartera, cuyas numeraciones son las señaladas anteriormente, con un valor nominal de 60,10 € por participación y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta general de socios de 1 de septiembre de 2015.
La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las participaciones sociales amortizadas. Por tanto la finalidad de la mencionada reducción será amortizar participaciones sociales propias.
Por la diferencia entre el importe total pagado en la adquisición y el nominal de las participaciones sociales adquiridas se procederá a disminuir la Reserva Legal en la cuantía de 1.202,00 € y las Reservas Voluntarias en la cuantía de 6.255,00 €.
La reducción del capital social mediante la amortización de participaciones sociales propias, se efectúa sin exclusión del derecho de oposición de acreedores. Los acreedores de la sociedad tendrán el derecho de oponerse a la reducción en los términos y plazo previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de tres meses, para elevar a público los presentes acuerdos y la presentación en el registro Mercantil de Ciudad Real de la correspondiente escritura pública para su Inscripción.
El acuerdo de reducción del capital será publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en un periódico de gran circulación en la provincia de Ciudad Real.
Asimismo propone facultar al Administrador único, para la ejecución del presente acuerdo, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el presente acuerdo y adoptar los acuerdos y realizar cuantos trámites, gestiones y autorizaciones sean precisas y otorgar los documentos públicos o privados que sean necesarios para la completa ejecución del presente acuerdo.
Se somete a votación la Reducción de Capital Social por amortización de participaciones sociales propias en las condiciones expuestas, aprobándose por unanimidad de los asistentes presentes en la Junta general que representan la totalidad de los socios afectados.
valdepeñas, 31 de agosto de 2016.- Administrador único, Jesús Torres Camacho.
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