Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LMESM) se hace público que las Juntas Generales de socios de las entidades mercantiles "PROMOCIONES FRANZAC COSTA ADEJE, S.L." y "GESTIÓN GOLF DEL SUR, S.L." han adoptado en ambas sociedades con fecha de 30 de junio de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de "GESTIÓN GOLF DEL SUR, S.L." por parte de "PROMOCIONES FRANZAC COSTA ADEJE, S.L.", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.
Al haberse adoptado el acuerdo de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto y, en su caso, de quienes de acuerdo con la Ley o los Estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho no es preciso que se atiendan las previsiones contenidas en los artículos 32 y 33 de la LMESM relativos a la publicidad y depósito previo de la documentación y la necesidad de un informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.
Según establece el artículo 43 de la LMESM se recuerda a los señores socios y acreedores que el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión está a su disposición en el domicilio social de las entidades y que les asiste el derecho oponerse a la fusión acordada en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio en la forma y bajo las condiciones previstas en el artículo 44 LMESM.
San Miguel de Abona, 1 de julio de 2016.- Elrondaguel S.L. es Administradora Solidaria de "Gestión Golf del Sur, S.L." y "Promociones Franzac Costa Adeje, S.L.".
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