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De conformidad con lo establecido en el articulo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de FRUVECO, S.A. y de FARGREC INMO, S.L., celebradas con fecha 15 de septiembre de 2.016, acordaron, por unanimidad de todos los socios, la fusión por absorción de FARGREC INMO, S.L. (sociedad absorbida) por FRUVECO, S.A. ( sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente, habiéndose aprobado, asimismo, los balances de fusión de ambas compañías cerrados con fecha 15 de julio de 2.016.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado de conformidad con el Proyecto Común de Fusión redactado por los administradores de ambas compañías con fecha 14 de julio de 2.016. de conformidad con lo que determina el articulo 43 de la LME, asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener en los respectivos domicilios sociales de cada una de las entidades el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de conformidad con lo establecido en el articulo 44 de la LME.
El Raal (Murcia), 20 de septiembre de 2016.- D. Francisco Antonio Ramón Gómez, Presidente-Consejero Delegado de Fruveco, S.A. y Administrador Solidario de Fargrec Inmo, S.L.
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