En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que el socio único de Ascensores Ingar, S.A.U., y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Elevación y Servicio I.M. 2000, S.L., acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de la última por la primera. Tales acuerdos fueron adoptados el día 29 de septiembre de 2016, en los términos previstos en el Proyecto de Fusión formulado en fecha 28 de septiembre de 2016 por los administradores de las sociedades antes mencionadas.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en el mencionado proceso de fusión de obtener, en el domicilio social respectivo, el texto íntegro de las decisiones y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Asimismo, se hace constar que están a disposición de las personas que se señalan en el artículo 39 de la Ley 3/2009, especialmente de los trabajadores de las sociedades antes mencionadas, en sus respectivos domicilios sociales, la documentación e información a la que se refiere el citado precepto.
Madrid, 29 de septiembre de 2016.- Don Francisco Javier Barquín Armero, en su calidad de persona física representante de Zardoya Otis, S.A., Administrador único de Ascensores Ingar, S.A.U., y de persona física representante de Ascensores Ingar, S.A.U., Administrador único de Elevación y Servicio I.M. 2000, S.L.
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