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Documento BORME-C-2016-8960

GOCCO CONFEC, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 10408 a 10409 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-8960

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que la junta general de accionistas de Gocco Confec, S.A. ("Sociedad"), debidamente convocada y celebrada con fecha 28 de septiembre de 2016, ha acordado aumentar el capital social de la Sociedad, con desembolso del mismo mediante aportaciones dinerarias, en un importe ascendente a 5.364.975 euros, de forma que el capital social de la Sociedad pasará de su importe actual a la cifra de 11.879.587,80 euros, todo ello mediante la emisión y puesta en circulación de 8.941.625 nuevas acciones, de 0,60 euros de valor nominal cada una de ellas y de igual clase a las existentes, numeradas de la 10.857.689 a la 19.799.313, ambas inclusive. Se ha acordado emitir las nuevas acciones con una prima de emisión total por importe de 1.635.024,67756 euros, a razón de 0,18285542925 euros por cada nueva acción emitida, así como que el aumento de capital pueda quedar suscrito de manera incompleta.

A los efectos del derecho de preferencia por el cual los accionistas podrán suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean, los accionistas actuales tienen derecho a 0,82352937384 nuevas acciones por cada una de las antiguas de las que sean titulares. Cuando la fracción resultante sea igual o supere la mitad de una acción, se redondeará por exceso, y cuando no alcance la mitad de una acción, se redondeará por defecto.

La suscripción y desembolso del aumento de capital y el procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, se regirán por los siguientes términos:

a) Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente durante el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, suscribiendo un número de nuevas acciones emitidas proporcional a su participación en el capital social.

b) Durante el mes establecido al efecto para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, los accionistas que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente deberán remitir al domicilio social de la Sociedad una comunicación en la que pongan de manifiesto su voluntad de suscribir determinadas acciones emitidas, acompañada de un cheque bancario nominativo o copia acreditativa del ingreso realizado en la cuenta de la Sociedad en Bankinter, S.A., con número IBAN ES62 0128 7681 9401 0000 0126. El desembolso deberá realizarse por el importe del valor nominal de las acciones suscritas y de la prima de emisión correspondiente.

c) Una vez finalizado el mencionado plazo, el órgano de administración, en el plazo de cinco (5) días hábiles: (i) comprobará que los accionistas hayan ejercido el derecho de suscripción conforme al importe que les permitan sus derechos respectivos, (ii) verificará el efectivo desembolso efectuado, y (iii) ofrecerá las acciones no suscritas a aquellos accionistas que hayan suscrito íntegramente su parte proporcional del aumento de capital en primer grado.

En caso de que se apreciase algún defecto en los aspectos indicados anteriormente, el órgano de administración comunicará dicho extremo al accionista afectado, dentro del plazo antes indicado, para que en un nuevo plazo de dos (2) días hábiles subsane el defecto detectado. Si en dicho plazo no fuera subsanado el defecto, se entenderá que el accionista renuncia totalmente al derecho de suscripción preferente que le asiste.

d) Durante los quince (15) días siguientes a la finalización del plazo anterior, aquellos accionistas que hayan suscrito íntegramente su parte proporcional del aumento de capital en primer grado podrán acudir a suscribir acciones sobrantes. Este derecho abarcará todas las acciones sobrantes y, en caso de ser varios los accionistas legitimados e interesados, se distribuirán entre ellos de forma proporcional al capital social que posean en dicho momento en la Sociedad, incluidas las que hubieran suscrito en la propia ampliación.

e) Finalizado el anterior plazo, el órgano de administración, en un nuevo plazo de cinco (5) días hábiles, efectuará las comprobaciones del apartado c) anterior sobre el aumento suscrito en segundo grado para, a continuación, (i) declarar el aumento de capital concluido o, (ii) mediante acuerdo del propio consejo de administración, ofrecer y adjudicar acciones no suscritas a personas extrañas al accionariado de la Sociedad identificadas en dicho acuerdo, que tendrán un plazo máximo de siete (7) días hábiles para suscribir y desembolsar las acciones adjudicadas.

f) El consejo se reunirá en los diez (10) días hábiles siguientes al fin del proceso (con o sin adjudicación de acciones a terceros ajenos al accionariado) con el fin de declarar cerrado y ejecutado el aumento de capital, fijar la cifra de capital social y dar la numeración correspondiente a las nuevas acciones, asignar la titularidad de las nuevas acciones emitidas a los accionistas suscriptores de las mismas, anotándolas en el Libro Registro de Acciones Nominativas, y dar nueva redacción al artículo estatutario correspondiente.

g) En todo caso, cuando el aumento del capital no se haya suscrito íntegramente dentro de los plazos fijados al efecto, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectivamente efectuadas.

Alcobendas (Madrid), 30 de septiembre de 2016.- Francisco Martínez Iglesias, Secretario no consejero del consejo de administración de Gocco Confec, S.A.

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