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Documento BORME-C-2016-9026

RESIDENCIAL AMALUR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUNDI LUR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
ADUNA NAVES INDUSTRIALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
OLABERRIA BELARTZA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
ILLARRA ERREKALDE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 10481 a 10481 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9026

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público, que los socios de "Residencial Amalur, S.L"., "Aundi Lur, S.L.U.", "Aduna Naves Industriales, S.L.U." "Olaberria Belartza, S.L.U." y de "Illarra Errekalde, S.L.U.", en sus respectivas Juntas Extraordinarias y Universales que tuvieron lugar el 30 de junio de 2016, aprobaron por unanimidad las siguientes operaciones:

Fusión por absorción por "Residencial Amalur, S.L." (sociedad absorbente) de "Aundi Lur, S.L.U.", "Aduna Naves Industriales, S.L.U.", "Olaberria Belartza, S.L.U." y de "Illarra Errekalde, S.L.U.", con disolución sin liquidación de éstas cuatro últimas y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos, a título universal a "Residencial Amalur, S.L." Las operaciones se acordaron sobre la base del Proyecto Común de Fusión por Absorción suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, el día 31 de mayo de 2016, y con los Balances de Fusión de estas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2015, que han sido aprobados por los socios de "Residencial Amalur, S.L.", "Aundi Lur, S.L.U.", "Aduna Naves Indusriales, S.L.U.", "Olaberria Belartza, S.L.U." y de "IIlarra Errekalde, S.L.U."

Se hace constar, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdo adoptados y de los Balances de Fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 44 de dicha Ley, el derecho que asiste a los acreedores de dichas sociedades a oponerse durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

Pamplona, 4 de octubre de 2016.- El Administrador Solidario.

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