Convocatoria de Junta General ordinaria y extraordinaria. Se convoca a los señores socios de la entidad "Hiper Solucion, S.A." a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de dicha sociedad, que se celebrará el día 21 de Noviembre de 2016, a las 17:00 horas en primera convocatoria, en la Notaria de D. Angel Almoguera Gómez, sita en Madrid, Paseo de la Castellana, n.º 140, 6.ª planta; celebrándose el día 22 de Noviembre de 2016 a las 17:30 horas en segunda convocatoria, en caso de ser necesario, en la misma Notaria antes indicada, con el objeto de deliberar y resolver sobre los asuntos incluidos en el siguiente
Orden del día
Primero.- Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión correspondientes a los ejercicios económicos cerrados a fechas 31 de Diciembre de 2012, 2013, 2014 y 2015, así como de la aplicación de los resultados de dichos ejercicios.
Segundo.- Debate y aprobación, si procede, de acuerdo de disolución de la sociedad.
Tercero.- Debate y aprobación, si procede, de acuerdo de liquidación y extinción de la sociedad.
Cuarto.- Cese del vigente Consejo de Administración.
Quinto.- Nombramiento de liquidador o liquidadores de la sociedad.
Sexto.- Otorgamiento de facultad al liquidador o liquidadores de la sociedad para elevar a público los acuerdos sociales que se adopten e inscribirlos en el Registro Mercantil.
Séptimo.- Examen y, en su caso, aprobación del Balance Final de Liquidación de la sociedad, cerrado a 30 de Septiembre de 2016.
Octavo.- Ruegos y preguntas.
Se informa a los señores socios que: A partir de la fecha de la convocatoria, los socios podrán obtener, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General. En base a lo dispuesto en el artículo 12 de los Estatutos, todos los titulares de acciones que, en los cinco días anteriores a la celebración de la Junta figuren inscritos como tales en el Libro de Registro de Acciones, tendrán derecho a asistir a la Junta General, pudiendo el socio, según establece el artículo 13 de los Estatutos, hacerse representar en la Junta por cualquier persona aunque no sea accionista, apoderamiento que habrá de conferirse por escrito, debiendo tratarse de una representación de carácter especial para cada Junta, salvo que el representante sea el cónyuge, ascendiente o descendiente del representado u ostente poder general conferido en documento público para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en el territorio nacional.
Madrid, 3 de octubre de 2016.- El Presidente, D. José Manuel García Ibáñez.
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