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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Mecanizados Norte Bravo, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), en acta de consignación de decisiones de fecha 10 de octubre de 2016, y la junta general de socios de Bravo Enterprises, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 10 de octubre de 2016, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión inversa por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Madrid, 11 de octubre de 2016.- D. Juan Pablo Ocaña González, Vicesecretario no consejero de Bravo Enterprises, S.L. y de Mecanizados Norte Bravo, S.L.U.
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