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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la LMESM), se hace constar que, el día 19 de septiembre de 2016, la Sociedad Absorbente, "Dachser Spain Air & Sea Logistics, S.A.U.", y las Sociedades Absorbidas, "Plus Forwarding, S.L.U." y "Transunión Norte, S.L.", aprobaron respectivamente la operación de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, de conformidad con el artículo 49.1 de la LMESM, habiéndose ajustado estrictamente a los términos previstos en el proyecto común de fusión formulado por las tres sociedades.
En virtud de la referida operación de fusión, "Plus Forwarding, S.L.U." y "Transunión Norte, S.L." son absorbidas por "Dachser Spain Air & Sea Logistics, S.A.U.", que adquiere por sucesión universal, el patrimonio de aquéllas, que se extinguirán, quedando esta última subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de las mismas.
De conformidad con el artículo 43 de la LMESM, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las tres sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y el balance de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las mismas.
Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las tres sociedades a oponerse a la operación de fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LMESM.
Valencia, 7 de octubre de 2016.- Federico Camáñez Rojo y Vicente Sasera Ballester, Presidente y Secretario, respectivamente, del Consejo de Administración de "Dachser Spain Air & Sea Logistics, S.A.U.", y Administradores Mancomunados de "Plus Forwarding, S.L.U." y "Transunión Norte, S.L.".
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