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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que el 20 de octubre de 2016, el socio único de Sueños Logística, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Dormity Brand, S.L. y Dormity Commerce, S.L. (Sociedades Absorbidas) aprobó la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente ajustándose a los términos del Proyecto de Fusión, con extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión y en base a los Balances de Fusión cerrados el 31 de diciembre de 2015.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Barcelona, 20 de octubre de 2016.- D. David Sánchez Farrán Administrador Único de la compañía Sueños Logistica, S.L. y representante persona física de Sueños Logística, S.L., Administrador Único de Dormity Brand, S.L. y Dormity Commerce, S.L.
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