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De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General y Universal de socios de CAPDEVILA BAM, S.L. y el socio único de "INTER PONT CONSULTORA, S.L.U.", en ejercicio de las competencias de Junta Universal de socios, aprobaron por unanimidad el día 1 de Septiembre de 2016 la fusión de dichas sociedades mediante la integración de "INTER PONT CONSULTORA, S.L.U." en la sociedad absorbente "CAPDEVILA BAM, S.L.", que adquiere, por sucesión universal, el patrimonio de la entidad absorbida, que se extingue, de acuerdo con los términos establecidos en el Proyecto de Fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la mencionada Ley.
Barcelona, 5 de octubre de 2016.- El administrador único de la sociedad absorbente y absorbida, don Josep Capdevila Nogué.
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