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Anuncio de Fusión y de Segregación
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y en el Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que con fecha 1 de septiembre de 2015, las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las entidades relacionadas al encabezamiento han acordado por unanimidad, aprobar la fusión de dichas Sociedades mediante extinción y disolución sin liquidación de las mismas, y creación de una nueva sociedad profesional multidisciplinar que girará bajo la denominación de AUREN HOLDING SP, S.L.P. mediante transmisión en bloque, y a título universal del patrimonio de las fusionadas a la sociedad de nueva creación, con aprobación de Estatutos Sociales de la nueva Sociedad.
Asimismo, con carácter sucesivo y simultáneo a la fusión, se hace público que con la misma fecha de 1 de septiembre de 2015, y condicionada a la previa inscripción de la fusión, tanto las Juntas Generales de las entidades participantes en el proceso de fusión como la Junta general extraordinaria y universal de socios de AUREN HOLDING SP, S.L.P. ha aprobado por unanimidad la segregación de la citada Sociedad mediante el traspaso por sucesión universal, y en cuatro bloques, de otras tantas ramas de actividad en las áreas de "AUDITORÍA", "CONSULTORÍA", "ABOGADOS Y ASESORES FISCALES" y "CORPORATE", que constituyen todas ellas unidades económicas autónomas e independientes, a favor de cuatro sociedades beneficiarias preexistentes denominadas: "AUREN ABOGADOS Y ASESORES FISCALES SP, S.L.P.", "AUREN AUDITORES SP, S.L.P.", "AUREN CORPORATE SP, S.L.P." y "AUREN CONSULTORES SP, S.L.P." que, a su vez, y con la misma fecha, han adoptado los correspondientes acuerdos de ampliación de capital a fin de incorporar, cada una de ellas, las ramas de actividad objeto de segregación, y sin que tal operación de segregación implique la disolución de la Sociedad segregada.
Y todo ello conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión y segregación suscrito por los órganos de administración de las Sociedades intervinientes, sin que haya sido necesario el depósito del citado proyecto de fusión y segregación de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la citada Ley3/2009, ni de expertos independientes.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, trabajadores y acreedores de las Sociedades intervinientes en la operación de fusión y segregación simultánea y sucesiva, y de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y/o segregación, así como el derecho de los acreedores de las Sociedades intervinientes en la operación de fusión y segregación simultánea a oponerse a la fusión o a la segregación, en los términos y plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Madrid, 15 de septiembre de 2015.- Don Mario L. Alonso Ayala, en calidad de Consejero Delegado Solidario de la entidad beneficiaria de la fusión "Auren Holding SP, S.L.P." y en calidad de Administrador Solidario de las beneficiarias de la Segregación: "Auren Corporate SP, S.L.P.", "Auren Auditores SP, S.L.P." y "Auren Consultores SP, S.L.P.", y Don Julio Picazo González en calidad de Administrador Solidario de "Auren Abogados y Asesores Fiscales SP, S.L.P.".
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