En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de la sociedad "Lamusa y Servicios Sociedad Limitada", celebrada el día 22 de febrero de 2016 en su domicilio social, y con el carácter de Universal, acordó, por unanimidad, la Fusión por absorción, en la modalidad de ABSORCIÓN DE SOCIEDAD ÍNTEGRAMENTE PARTICIPADA, que contempla el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, de la sociedad absorbida Mundo Agrícola, Sociedad Limitada, por parte de la absorbente Lamusay Servicios Sociedad Limitada (titular de todas las participaciones sociales de la absorbida), adquiriendo esta última, la absorbente, el patrimonio de la sociedad absorbida que se extinguirá y disolverá sin liquidación.
Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de cada una de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Se hace constar, asimismo, el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Huesca, 22 de febrero de 2016.- El Consejero Delegado de Lamusa y Sercicios Sociedad Limitada, Don Julio José Sopena Lalaguna.
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