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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los Accionistas de PROLUX INTERNACIONAL,S.L. (Sociedad Absorbente) y LANOICAN, S.L. (Sociedad Absorbida), han decidido en fecha 22 de febrero de 2016, la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de las mencionadas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión. Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión.
Laguardia, 22 de febrero de 2016.- Don José Andrés Martínez Bañuelos en su calidad de Administrador solidario de la Sociedad Absorbente y D.ª Mercedes Sainz Angulo en su calidad de Administradora solidaria de la Sociedad Absorbida.
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