Contenu non disponible en français
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del 73, ambos de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se anuncia el acuerdo de escisión, modalidad escisión parcial, adoptado por las juntas generales extraordinarias y universales de las sociedades AUTOCARES VIDAL, S.L. y AUTOCARES Y MINIBUSES VIDAL, S.L., de fecha 31 de marzo de 2017, consistente en traspasar a la sociedad beneficiaria, en bloque por sucesión universal, la parte del patrimonio de la sociedad parcialmente escindida que conforma una unidad económica relativa a arrendamiento de bienes inmuebles y producción de energía fotovoltaica.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores.
Es Migjorn Gran, 3 de mayo de 2017.- Los Consejeros delegados de ambas sociedades.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid