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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del articulo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Ezzing Building Synergies, S.L. aprobó en fecha 19 de mayo de 2017, la escisión parcial sin extinción de dicha sociedad a favor de la sociedad de nueva creación Ezzing Operations Spain, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, subrogándose por sucesión a título universal en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación en igual proporción cuantitativa y cualitativa a su respectiva participación en la sociedad escindida.
Como consecuencia de la escisión parcial la sociedad escindida Ezzing Building Synergies, S.L. reducirá su capital social en la cuantía necesaria modificando el artículo de sus Estatutos relativo al capital social.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores, a solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado.
Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión parcial, podrán oponerse a la misma dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, del acuerdo, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 LME.
Madrid, 19 de mayo de 2017.- Alberto Cortés Villena, El Administrador único de Ezzing Building Synergies, S.L.
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