En cumplimiento con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que el día 2 de agosto de 2017 las Juntas generales y extraordinarias de accionistas de las sociedades participantes, acordaron la fusión por absorción de las entidades "SOCIEDAD CULTURAL Y EDUCATIVA LEIZARÁN, S.A." (A31284961) y "ACTIVIDADES CULTURALES OTEIZA, S.A." (A31351778) por parte de "INMUEBLES ELCANO, S.A." (A28800365) con extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas.
Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho que asiste (en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009) a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo.
Pamplona, 2 de agosto de 2017.- María José Bailly-Bailliere Torres-Pardo, Presidenta del consejo de administración de Inmuebles Elcano, S.A., Carmen Monasterio Hernández, Presidenta del consejo de administración de Sociedad Cultural y Educativa Leizarán, S.A., y Eugenia López-Jacoiste Diaz, Presidenta del consejo de administración de Actividades Culturales Oteiza, S.A.
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