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Documento BORME-C-2017-7723

PERÚ 84 -102 BARCELONA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ACTUAL HOLDING PERÚ 84 - 102 BARCELONA, S.L
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 174, páginas 8959 a 8959 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-7723

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el 1 de septiembre de 2017, en ejercicio de las competencias que le son propias, el Socio único de la mercantil Perú 84 – 102 Barcelona, S.L, acordó por unanimidad la fusión de la compañía con Actual Holding Perú 84 – 102 Barcelona, S.L, mediante la absorción de Actual Holding Peru 84 – 102 Barcelona, S.L por Perú 84 – 102 Barcelona, S.L sobre la base del proyecto común de fusión de 1 de septiembre de 2017. En consecuencia, Perú 84 – 102 Barcelona, S.L adquiere en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo los Balances de Fusión de ambas Compañías, cerrados a 31 de agosto de 2017.

Se hace constar a los efectos de lo previsto en los arts. 49 y 52 de la LME, que el socio único de Perú 84 – 102 Barcelona, S.L es Actual Holding Perú 84 – 102 Barcelona, S.L, por lo que se trata de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, al ser la sociedad absorbida la titular directa de todas las participaciones de la absorbente.

De conformidad con lo dispuesto por el art. 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime del socio único.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Barcelona, 1 de septiembre de 2017.- Rafael de Gispert Boix, en representación del Administrador Único, la mercantil Actual Holding Perú 84 – 102 Barcelona, S.L.

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