Conforme a lo dispuesto en el artículo 43.1 por remisión del 73, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril (LME), se anuncia que la Junta General de KOOLAIR, S.A. (Sociedad Segregada), en sesión celebrada en su domicilio social, con carácter de Universal el 15 de febrero de 2017, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de segregación de la misma, mediante la transmisión en bloque de la rama de actividad consistente en la fabricación de productos para la difusión y distribución del aire a KOOLAIR FABRICACIÓN, S.L.U., que se constituirá simultáneamente, quien adquirirá por sucesión a título universal, la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, en los términos y condiciones del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil, y recibiendo KOOLAIR, S.A. la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria.
Por así haberse acordado por la totalidad de los socios con derecho a voto (artículos 42.1 y 78.3 LME), en Junta Universal y por unanimidad, no se exige la emisión de informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni informe de expertos independientes relativo a la escisión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores antes de que transcurra un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo.
Madrid, 15 de febrero de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración, Joaquín Fernández-Escribano Calsina.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid