De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, se hace público que la Junta General de socios de GESTOLDA, Sociedad Limitada, celebrada con carácter universal el día 9 de octubre de 2017, de conformidad con el Proyecto de Escisión Total suscrito en fecha 6 de octubre de 2017 por su órgano de administración, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la compañía mediante la división de su patrimonio en dos partes, y traspasándose parte de su patrimonio a las sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas GESTOLDA, Sociedad Limitada y traspasándose la otra parte de su patrimonio a la sociedad LOISTARIAN21, S.L., con la consiguiente absorción del patrimonio escindido correspondiente respectivo. Las sociedades beneficiarias se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, con disolución sin liquidación de la sociedad escindida.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión total adoptado y el balance de la escisión, así como el derecho de oposición de los acreedores, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión total.
Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los accionistas y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley 3/2009.
Donostia - San Sebastián, 26 de octubre de 2017.- Administrador Único.
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