Content not available in English
De conformidad con el artículo 43, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, se hace público que el socio único de las mercantiles "Lavanda Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal, y "La Reina Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal", ejerciendo las competencias de la Junta General, adoptó el pasado 19 de marzo de 2018 la decisión de segregar mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte del patrimonio de la sociedad "Lavanda Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal" a favor de la sociedad "La Reina Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal", que aumenta su capital social de forma proporcional al incremento experimentado en el valor de su patrimonio como consecuencia de dicha segregación, todo ello conforme al proyecto de segregación suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de segregación, y que a los acreedores de las sociedades segregada y beneficiaria les asiste el derecho de oposición a la escisión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de segregación en los términos de los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.
Madrid, 19 de marzo de 2018.- La Administradora única de Lavanda Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal y de La Reina Eventos, Sociedad Limitada Unipersonal, la sociedad La Azotea Tres Punto Cero, Sociedad Limitada, a través de su representante persona física, José Manuel García Martínez.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid