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Documento BORME-C-2018-1988

ELECTROMECÁNICA INDUSTRIAL GIRONA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
AUTOMATISME MAQUINARIA I CONTROL, S.L.
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL)

Publicado en:
«BORME» núm. 76, páginas 2406 a 2406 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-1988

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público, para general conocimiento que la Junta General de la sociedad "ELECTROMECÁNICA INDUSTRIAL GIRONA, S.L.", celebrada con carácter universal el día 9 de Abril de 2018, ha acordado por unanimidad, la escisión parcial de "ELECTROMECÁNICA INDUSTRIAL GIRONA, S.L.", que segregará de su patrimonio social la rama de actividad: "Construcción de maquinas para la industria alimentaria", Epígrafe 324.1 que constituye una unidad económica independiente, y la traspasará en bloque por sucesión universal a la sociedad beneficiaria a constituir "AUTOMATISME MAQUINARIA I CONTROL, S.L.", que adquirirá e incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y del pasivo de estas ramas de actividades, subrogándose " AUTOMATISME MAQUINARIA I CONTROL, S.L." en todos los derechos y obligaciones de las referidas ramas de actividad segregadas de "ELECTROMECÁNICA INDUSTRIAL GIRONA, S.L.", que no se extinguirá y continuará con su actividad principal de "Reparación de maquinaria industrial", Epígrafe 692, reduciendo sus reservas disponibles en la cuantía necesaria y equivalente al valor del patrimonio escindido, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la LME.

Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios, obligacionistas, acreedores, titulares de derechos especiales, representantes de los trabajadores, acreedores de la sociedad interviniente, de poder obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad a oponerse a la escisión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME.

Sant Gregori, 12 de abril de 2018.- El Administrador Único de Electromecánica Industrial Girona, S.L., Representada por el Sr. Albert Casadevall Vila.

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