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Documento BORME-C-2018-312

FACEX, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 15, páginas 361 a 361 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-312

TEXTO

Don José Luis González Moreno, Administrador único de la entidad FACEX, S.L., a los efectos de lo previsto en el artículo 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, comunica que, en la Junta General Extraordinaria de la entidad, celebrada el 30 de diciembre de 2017, se adoptó, entre otros, el acuerdo de ampliar el capital social mediante aportaciones dinerarias con derecho de asunción preferente en favor de los socios, en proporción a la participación de cada socio en la sociedad.

La ampliación de capital acordada asciende a 215.000 euros, mediante la creación de 35.773 nuevas participaciones sociales, con un valor nominal de 6,010121 € cada participación social.

Las participaciones se crean por su valor nominal, sin prima de asunción de ningún tipo. Deben ser íntegramente desembolsadas mediante aportaciones dinerarias en el momento de su asunción.

Cada socio tiene derecho a asumir preferentemente un número de participaciones proporcional al valor nominal de las que posea. Dicho derecho de preferencia se ejercitará en el plazo de un (1) mes a contar desde la publicación en el BORME del presente anuncio.

Para ejercitar dicho derecho los socios deberán realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la sociedad en la entidad Banco Sabadell, IBAN ES83 0081 5395 3100 0131 2842, por la cantidad que corresponda, debiendo indicar en el concepto "ampliación de capital" y enviar un justificante de dicho ingreso al administrador de la entidad.

Las participaciones sociales no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que lo hubieren ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo de quince (15) días desde la conclusión de lo establecido para la asunción preferente. Si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la Sociedad.

Dentro de los quince (15) días siguientes a la finalización del plazo anterior, el órgano de administración podrá adjudicar las participaciones no asumidas a personas extrañas a la Sociedad.

Se prevé expresamente, conforme al artículo 310 de la Ley de Sociedades de Capital la posibilidad de aumento incompleto.

Majadahonda, 4 de enero de 2018.- El Administrador Único, D. José Luis González Moreno.

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