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Documento BORME-C-2018-4808

GAVIOTA SIMBAC, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AVENIDA PEREZ GALDÓS 31, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 5653 a 5653 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-4808

TEXTO

Anuncio de fusión impropia.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo «LME»), se hace público que la Junta General de Socios celebrada con carácter universal el 16 de mayo de 2018 de la sociedad GAVIOTA SIMBAC, S.L., (sociedad absorbente) acordó, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad AVENIDA PEREZ GALDOS 31, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida) con entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá mediante la disolución sin liquidación y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de conformidad con el artículo 49 de la mencionada Ley, no procede establecer tipo de canje de las participaciones y acciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el Accionista Único de la Sociedad Absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión impropia ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2017 y las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2018.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores a la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Sax, 16 de mayo de 2018.- El Consejero Delegado de la Sociedad Absorbente y Administrador Único de la Sociedad Absorbida, Francisco Guillén Chico.

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