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Documento BORME-C-2018-5648

EMETEL SISTEMAS, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SMART MONITOR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA Y ABSORBIDA)
ÁGATA TECHNOLOGY, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 6616 a 6617 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-5648

TEXTO

Anuncio de Fusión y Escisión Parcial

Las Juntas Generales Universales de las sociedades Emetel Sistemas, S.L. y Ágata Technology, S.L., reunidas el día 2 de enero de 2018, aprobaron, por unanimidad:

(i) el Proyecto Común de Fusión y Escisión Parcial suscrito por el administrador único de las Sociedades Absorbente y Absorbida (el "Proyecto");

(ii) los Balances de Fusión y Escisión conforme al Proyecto;

(iii) la Escisión Parcial de Emetel Sistemas, S.L. (Sociedad Escindida) mediante el traspaso en bloque, por sucesión universal, de las participaciones sociales números 1 a 153.000 de Ágata Technology, S.L,. titularidad de Emetel Sistemas, S.L., a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación (Smart Monitor, S.L.), recibiendo los socios de la sociedad escindida un número de participaciones sociales en la sociedad beneficiaria proporcional a su respectiva participación (cuantitativa y cualitativa) en la sociedad escindida; y

(iv) simultáneamente, la Fusión por Absorción entre Ágata Technology, S.L. como Sociedad Absorbente y Smart Monitor, S.L. como Sociedad Absorbida, y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente.

Ambas operaciones simultáneas de Fusión y Escisión se realizan de acuerdo con el Proyecto Común de Fusión y Escisión Parcial de fecha 2 de enero de 2018 suscrito por el Administrador único de todas las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil de A Coruña, por ser el registro correspondiente al domicilio de todas las sociedades intervinientes.

Los Balances de Fusión y Escisión son los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2017.

Asimismo, en aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78 bis de la LME, al atribuirse los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital de ésta, no es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de administradores, ni el balance de escisión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del Proyecto, de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como los demás documentos relacionados, mediante su envío o entrega gratuita.

Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

A Coruña, 2 de enero de 2018.- El Administrador único de Emetel Sistemas, S.L., y Ágata Technology, S.L., Manuel Lago Vecino.

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