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Documento BORME-C-2018-6162

ILUNION IT SERVICES, S.A., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COLUMBIA CINTAS DE IMPRESIÓN, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 7218 a 7219 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6162

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

Conforme a lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que los respectivos Accionistas y Socios únicos de ILUNION IT SERVICES, S.A. Unipersonal, (Antes ILUNION BPO, S.A., Unipersonal) (la sociedad absorbente) y COLUMBIA CINTAS DE IMPRESIÓN, S.L., Unipersonal (La sociedad absorbida), han decidido el día 29 de junio de 2018, aprobar la fusión por absorción de la sociedad absorbida por la sociedad absorbente en los términos establecidos en el proyecto de fusión formulado por sus respectivos órganos de administración en fecha 29 de mayo de 2018.

A esta fusión le resulta de aplicación el régimen de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada previsto en el artículo 49.1 de la LME por remisión del artículo 52 del mismo texto legal, al estar la sociedad absorbente y la sociedad absorbida íntegramente participadas, respectivamente, de forma directa, por el mismo accionista y socio, la mercantil GRUPO ILUNION, S.L., por lo que no se ha aumentado como consecuencia de la fusión el capital social de la sociedad absorbente, ni ha sido necesario informe de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco ha sido necesario la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10ª del artículo 31, de la LME.

De igual forma al haber sido adoptado el acuerdo de fusión de forma unánime en las dos sociedades que intervienen en este proceso de fusión, conforme previene el artículo 42 de la LME, no ha sido necesario publicar ni depositar previamente a la adopción del mismo los documentos exigidos por la ley a estos efectos.

No obstante lo anterior, se ha puesto a disposición de los representantes de los trabajadores, o de estos en su caso, la información prevista en el artículo 39 de la LME.

La presente fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Como consecuencia de la fusión asimismo se ha acordado cambiar la denominación social de la sociedad absorbente, ILUNION BPO, S.A., que pasa a denominarse ILUNION IT SERVICES, S.A., y ampliar su objeto social para incorporar algunas de las actividades de la sociedad absorbida.

Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.

De la misma forma se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida de oposición a la fusión en el plazo y en de los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Madrid, 9 de julio de 2018.- Don César Alejandro Fernández Fidalgo, Persona física Representante del Administrador Mancomunado, la mercantil Grupo Ilunion, S.L. en las sociedades Ilunion IT Services, S.A.U., Columbia Cintas de Impresión, S.L.U.- Doña Susana Sánchez Herrán, Persona física Representante del Administrador Mancomunado, la mercantil Ilunion Servicios TI, S.A.U. de la sociedad Ilunion IT Services, S.A.U., Persona física Representante del Administrador Mancomunado, la mercantil Ilunion IT Services, S.A.U. de la sociedad Columbia Cintas de Impresión, S.L.U.

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