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Documento BORME-C-2018-6529

LLEBALUST SERVEIS, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
LLEBALUST PATOLOGIA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 7630 a 7630 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6529

TEXTO

Anuncio de segregación

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación con el artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de accionistas de Llebalust Serveis, S.A. (en adelante, "Llebalust"), adoptó, por unanimidad, y con fecha 25 de julio de 2018 el acuerdo relativo a la segregación en bloque y por sucesión universal de parte de su patrimonio consistente en los activos y pasivos correspondientes a la rama de actividad y unidad económica independiente compuesta por el negocio de anatomía patológica desarrollada por Llebalust excluyendo la actividad de anatomía patológica vinculada al Centro Médico Teknon a favor de una sociedad de nueva constitución denominada Llebalust Patologia, S.L. (en adelante,"Patologia"), que estará íntegramente participada por Llebalust a resultas de dicha segregación.

El acuerdo de segregación se ha adoptado por el procedimiento simplificado al amparo de lo dispuesto en los artículos 42 y 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, al haberse aprobado dicho acuerdo, por unanimidad, en Junta General extraordinaria y universal de accionistas de Llebalust (sociedad segregada), siendo Patologia (sociedad beneficiaria) una sociedad de responsabilidad limitada que cumple con los requisitos aplicables de proporcionalidad y constitución de nueva sociedad. En consecuencia, no resultan de aplicación a la presente segregación las normas generales sobre el proyecto y el balance de segregación que establecen las Secciones 2.ª y 3.ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, ni las normas relativas a la información sobre la segregación previstas en el artículo 39 de dicha Ley.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de Llebalust a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, que se encuentra a su disposición en el domicilio de la sociedad, y a oponerse los acreedores a dicha segregación con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de segregación, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley.

Barcelona, 25 de julio de 2018.- Carles Llebaria Puig, Administrador solidario de la sociedad Llebalust Serveis, S.A.

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